Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno ¿Quiénes están obligados a llevar la contabilidad? En el Artículo 37 del Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno (2015), se menciona que están obligadas a llevar contabilidad las personas naturales que:
• “Operen con un capital propio, que
al inicio de sus actividades económicas o al 1 de enero de cada ejercicio
impositivo haya superado 9 fracciones básicas desgravadas del Impuesto a la
Renta; o
• cuyos ingresos brutos anuales
de esas actividades, del ejercicio fiscal inmediato anterior, hayan sido superiores
a 15 fracciones básicas desgravadas; o
• cuyos costos y gastos anuales,
imputables a la actividad empresarial, del ejercicio fiscal inmediato anterior,
hayan sido superiores a 12 fracciones básicas desgravadas”
La fracción básica es el monto
mínimo sobre la cual las personas naturales deben empezar a cancelar el
Impuesto a la Renta. Este valor es determinado por el Servicio de Rentas
Internas al inicio de cada año. Para el año 2018, la fracción básica desgravada
es de $ 11 270. En caso de no cumplir este requisito, el SRI indica que el
contribuyente llevará un Registro de Ingresos y Egresos.
Además, el mismo artículo establece que:
• La contabilidad deberá ser llevada bajo la responsabilidad
y con la firma de una contadora o contador que tenga autorización legal.
• Los documentos en los que se
sustenta la contabilidad deberán conservarse durante el plazo mínimo de siete
años, de acuerdo con lo establecido en el Código Tributario como plazo máximo
para la prescripción de la obligación tributaria, sin perjuicio de los plazos
establecidos en otras disposiciones legales.
Art. 42. Inscripción en el
Registro Único de Contribuyentes “Los contadores, en forma obligatoria se
inscribirán en el Registro Único de Contribuyentes aún en el caso de que exclusivamente
trabajen en relación de dependencia. La falta de inscripción en el RUC le
inhabilitará de firmar declaraciones de impuestos”.
Cuando un emprendimiento ya está
en marcha, lo más indicado es contratar a un contador para que las
declaraciones y gestiones que haga con respecto a declaraciones y gestión contable,
tengan validez legal y pertinencia técnica.
Es muy inreresante porque aprendy lo que no savia
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